A- de 2014
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Traslado de observaciones presentadas por Peritos Constitucionales Voluntarios a informe gubernamental
- Requerimiento de información a Ministerio de Salud y Protección Social sobre estado de afiliación y garantía del acceso a servicios de salud de población en condicion
- Orden a Ministerio de Hacienda y Crédito Público rendir reporte sobre recursos invertidos para garantizar cobertura universal en materia de salud
- Seguimiento a la orden vigésima novena de la Sentencia T-760 de 2008
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En el marco del seguimiento al cumplimiento de la orden vigésima novena de la Sentencia T-760/08, se solicita con el presente auto se solicita a los Ministerios de Salud y Protección Social, al igual que al de Hacienda y Crédito Público, información que sirva de base para acreditar el porcentaje de personas que a la fecha se encuentran afiliadas al sistema, las condiciones en la prestación y acceso a los servicios de salud y el monto de los recursos públicos destinados para ese objetivo.
Así mismo, se corre traslado al Ministerio de Salud y Protección Social de los conceptos de los Peritos Constitucionales, para que se pronuncie sobre cada uno de ellos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Ordenar al Ministerio de Salud y Proteccion Social que, dentro del termino maximo de quince (15) dias habiles, contados a partir de la comunicacion de este auto, envie a esta Corporacion el informe a que hace referencia el numeral 2.5. de la parte considerativa de esta providencia, teniendo en cuenta los lineamientos fijados en los numerales 2.6. y 2.6.1. de la misma. Igualmente, ordenar a este ente ministerial, que dentro del mismo termino, envie en medio magnetico y/o al correo electronico de la Sala, las tablas de Excel a que hace referencia el numeral 2.6.2. de este proveido.
- SEGUNDO. Ordenar al Ministerio de Salud y Proteccion Social que, dentro del termino maximo de quince (15) dias habiles, contados a partir de la remision via correo electronico de los tres (3) documentos allegados por los Peritos Constitucionales Voluntarios en respuesta al Auto 133A de 2012, se pronuncie sobre cada una de las observaciones y propuestas alli presentadas.
- TERCERO. Ordenar al Ministerio de Hacienda y Credito Publico que, dentro del termino maximo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la notificacion de este auto, envie a la Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008 el informe a que hace referencia el numeral 2.7 de la parte considerativa de esta providencia.
- CUARTO. A traves de la Secretaria General de esta Corporacion, librense las comunicaciones correspondientes, adjuntando copia de este proveido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.